La professió

LEGALITAT

1. Normativa col.legial i regulació de la professió
El Col.legi Oficial de Biòlegs de les Illes Balears es constitueix mitjançant el Decret  72/2001, de 25 de maig, de la Conselleria de Presidència del Govern Balear, per segregació del Colegio de Biólogos d’àmbit nacional.
El Col.legi es regeix pels seus Estatuts, aprovats per l’Ordre del conseller de Presidència del Govern Balear, de 21 de gener de 2003,  i per la normativa estatal i autonòmica vigent relativa a col.legis professionals.
La recopilació de les normatives que regulen l’exercici de la professió de biòleg i el funcionament del Col.legi pot ser consultada a l’espai de la web reservat a Legislació.
2. Especialitats sanitàries
El Real Decret 1163/2002, de 8 de novembre i l’Ordre PRE/274/2004, de 5 de febrer, creen i regulen les especialitats sanitàries per a biòlegs i bioquímics i l’accés als títols d’Especialista en Anàlisis Clíniques, Bioquímica Clínica, Microbiologia i Parasitologia, Immunologia i Radiofarmàcia.

SORTIDES

1. FUNCIONS DE LA PROFESSIÓ 
La llei regula l'exercici de la professió de biòleg. Les funcions que aquest pot desenvolupar es relacionen a títol enunciatiu a l'Article 16 dels Estatuts del Col.legi Oficial de Biòlegs de les Illes Balears, que es reprodueix a continuació.
Artículo 16. Funciones de la profesión.
  1. Conforme a lo previsto en el artículo 36 de la Constitución, la ley regulará el ejercicio de la profesión titulada de Biólogo y las actividades para cuyo ejercicio es obligatoria la incorporación al Colegio Oficial de Biólogos de las Islas Baleares.
  2. Sin perjuicio de lo anterior, así como de las atribuciones profesionales y normas de colegiación que se contengan en las leyes reguladoras de otras profesiones, el Colegio Oficial de Biólogos de las Islas Baleares considera funciones que puede desempeñar el biólogo en su actividad profesional las que a título enunciativo se relacionan a continuación, así como todas aquellas que le sean reconocidas por ley o por los tribunales de justicia:
      1.  Estudio, identificación y clasificación de los organismos vivos, así como sus restos y señales de su actividad.
      2. Investigación, desarrollo y control de procesos biológicos industriales (Biotecnología).
      3. Producción, transformación, manipulación, conservación, identificación y control de calidad de materiales de origen biológico.
      4. Identificación, estudio y control de los agentes biológicos y demás parámetros que afectan a la conservación de toda clase de materiales y productos tóxicos. Control de epidemias, epizootias y plagas.
      5.  Producción, transformación, control y conservación de alimentos.
      6. Estudios y análisis físicos, fisiológicos, bioquímicos, citológicos, genéticos, histológicos, microbiológicos, inmunológicos de muestas biológicas, incluidas las de origen humano y para análisis clínicos. 
      7.  Estudios demográficos, epidemiológicos y nutricionales.
      8. Consejo genético y planificación familiar. Reproducción asistida.
      9.  Educación y divulgación sanitaria y ambiental.
      10. Planificación y gestión racional de los recursos naturales renovables, terrestres y acuáticos (marítimos y continentales).
      11. Análisis biológicos, control y potabilización de las aguas.
      12. Evaluación ecológica y trabajos de planificación y gestión aplicados a la conservación de la naturaleza y a la ordenación del territorio. Estudios de impacto ambiental y audiotorías ambientales. 
      13. Dirección y gestión de espacios naturales protegidos, parques zoológicos, jardines botánicos y museos de Ciencias Naturales, Biología recreativa.
      14. Estudios, análisis y tratamiento de la contaminación de cualquier origen.
      15. Organización, implantación, coordinación y dirección de Sistemas de Gestión Ambiental en empresas, organismos públicos o privados o en cualquier institución. 
      16. Peritajes taxonómicos y expedición de certificados, sin perjuicio de la dependencia funcionarial o laboral.
      17. Enseñanza de la Biología en los términos establecidos por la legislación educativa.
      18. Asesoramiento científico y técnico sobre temas biológicos y ambientales.
      19. Todas aquellas actividades que guarden relación con la Biología. 

2. SORTIDES PROFESSIONALS
En funció de la formació acadèmica rebuda, i conforme al que està estipulat als Estatuts del Col.legi Oficial de Biòlegs de les Illes Balears, els biòlegs son professionals que poden desemvolupar la seva activitat professional a camps molt diversos: Medi Ambient, Sanitat, Producció i Qualitat, Serveis, Formació i Docència...